Unidad de Vinculación (Convenios)

Contacto

Tel. 5556224070
Ext.

Laboratorio: 5556224076

Circuito Exterior s/n, Coyoacan, Ciudad Universitaria, 04510 Ciudad de México, CDMX.

Procedimiento para la elaboración de Instrumentos Consensuales


Establecer eñ tipo de instrumento ( convenio de colaboración, convenio específico de colaboración, bases de colaboración, contrato de donación, etc)


Definir las características del convenio y adecuarla a los formatos estableciods por la UNAM


El responsable técnico de la UNAM y de la contraparte del proyecto deberán revisar el contenido del documento previamente a su validación júridica


Enviar la validación jurídica a la instancia de la UNAM y de la contraparte correspondiente


Entregar la documentación legal que sustente la representación de la contraparte, entre otros.

Preguntas Frecuentes

  • Nombre del proyecto.
  • Con quién se realizará la colaboración (Proemio).
  • Los actos previos que dan origen al convenio (Antecedentes).
  • Lugar y fecha de formalización del convenio (Suscripción).
  • Objetivo del convenio.
  • Compromisos de cada una de las partes.
  • Anexo técnico en el que se describen las actividades y los plazos en las que éstas se desarrollarán.
  • Fechas de inicio y de término del convenio (Vigencia).
  • A quién pertenecerá la Propiedad intelectual, en su aspecto patrimonial.

La validación y el dictamen jurídico pueden ser solicitados a dos dependencias universitarias distintas, dependiendo la naturaleza del proyecto: a la Coordinación de la Investigación Científica o a la Dirección General de Asuntos Jurídicos.

La revisión que realiza el jurídico se centra en que el instrumento contenga todo lo referido en los “Lineamientos generales para la elaboración de instrumentos consensuales en los que la universidad sea parte” publicados en Gaceta UNAM el 27 de junio de 2005, así como en el “Acuerdo por el que se establece el procedimiento de validación, registro y depósito de los convenios, contratos y demás instrumentos consensuales en los que la universidad sea parte” publicados en Gaceta UNAM el 30 de mayo de 2005 y otros reglamentos federales y universitarios, según sea el caso.

La revisión se refiere sólo a la forma y contenido jurídico del instrumento, por lo que los compromisos sustantivos que se asumen con la celebración del mismo, son responsabilidad exclusiva de las entidades universitarias que en el intervienen.

No. Es importante seguir los lineamientos establecidos por la UNAM en el “Acuerdo por el que se establece el procedimiento de validación, registro y depósito de los convenios, contratos y demás instrumentos consensuales en los que la universidad sea parte”.

En el caso de los institutos del Subsistema de la Investigación Científica, el poder de firma recae en el Coordinador de la Investigación Científica con la asistencia del Director de la dependencia responsable del proyecto. Existen instrumentos consensuales que deben firmar el Rector, el Secretario General, o el Director General del Patrimonio Universitario, dependiendo la naturaleza de los compromisos.

Encontrarás los detalles en: Acuerdo que Delega y Distribuye Competencias para la Suscripción de Convenios, Contratos y demás Instrumentos Consensuales en los que la Universidad sea parte, publicado en Gaceta UNAM el 23 de enero de 2003.

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